El Principio de Proporcionalidad Frena un Desahucio Administrativo.

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Patricia Gómez Santiago

El Principio de Proporcionalidad Frena un Desahucio Administrativo.

En el marco de un procedimiento instado por la Administración para obtener la autorización judicial necesaria para ejecutar el desalojo de una unidad familiar, se ha dictado una excelente resolución que deniega dicha autorización, paralizando el desahucio. La decisión llevada a cabo por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 31 de los de Madrid, de gran calado humano y garantista, prioriza la protección de los derechos fundamentales de la familia, que se encuentra en una situación de extrema vulnerabilidad, frente a la potestad ejecutoria de la Administración. Dicha vulnerabilidad quedó acreditada al estar compuesta por una madre y su hija, ambas víctimas de violencia de género, y dos hijos menores con discapacidad reconocida. La Jueza, aplicando la doctrina más reciente del Tribunal Supremo, realizó una ponderación real de los intereses en conflicto en lugar de un mero trámite, y consideró que la alternativa habitacional ofrecida por la Agencia de la Vivienda Social era "insuficiente y desproporcionada" para las necesidades específicas del núcleo familiar. En definitiva, el Auto concluye de forma rotunda que el lanzamiento de personas con discapacidad y víctimas de violencia de género sin una previsión de alojamiento adecuada constituiría una medida desproporcionada y un posible trato inhumano y degradante. Se trata de una victoria significativa que reafirma que la ejecución de actos administrativos no es automática y debe ceder ante la protección de los derechos de las personas más vulnerables.

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