La estrategia del querellante prevalece: Admitido a trámite el recurso de apelación en un caso de estafa

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Patricia Gómez Santiago

Admitido a trámite el recurso de apelación en estafa

En el marco de las Diligencias Previas 520/2026-A por un presunto delito de estafa, la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza nº 21, ha emitido un Auto con fecha de 27 de abril de 2026 que, si bien desestima los recursos de reforma de ambas partes, abre la puerta a una revisión en una instancia superior al admitir a trámite sus recursos de apelación.

La defensa del querellante había interpuesto un recurso de reforma y subsidiario de apelación contra una resolución anterior, de 10 de marzo de 2026, que desestimaba su solicitud para consignar judicialmente una cantidad indebidamente ingresada en su cuenta corriente. Aunque el Juzgado ha desestimado el recurso de reforma, argumentando que la responsabilidad civil recae en el querellado y que dicha cantidad podría ser compensada en una eventual condena, ha resultado clave la admisión a trámite del recurso de apelación subsidiario. Esta decisión supone un éxito procesal para la defensa del querellante, ya que garantiza que su pretensión será reevaluada por la Audiencia Provincial, permitiendo así la continuidad y el desarrollo de su estrategia legal.

Por su parte, la defensa del querellado también vio desestimados sus recursos de reforma, con los que pretendía el sobreseimiento libre de la causa alegando la atipicidad de los hechos. Lo improtante es que, a priori, el Juzgado considera fundamental proseguir con la investigación, destacando la necesidad de esclarecer las circunstancias en las que una persona de 93 años suscribe un contrato sin asesoramiento, en la más absoluta soledad, lo que refuerza los indicios sobre la posible naturaleza penal de los hechos.

En definitiva, el Auto del 27 de abril de 2026 impulsa el procedimiento hacia la siguiente instancia, asegurando que los argumentos de ambas partes, y especialmente la persistente defensa de los intereses del querellante, sean examinados a fondo por un tribunal superior.